Actualización Normativa | El Nuevo Acuerdo 1-2026 de la Superintendencia de Bancos
- Daniel León

- 17 mar
- 2 Min. de lectura

La reciente emisión del Acuerdo No. 1-2026 por la Junta Directiva de la Superintendencia de Bancos de Panamá marca un hito en el fortalecimiento del Centro Financiero Internacional. Esta norma deroga el anterior Acuerdo No. 10-2015 y establece directrices más robustas alineadas con los estándares del GAFI y el Decreto Ejecutivo No. 35 de 2022.
Innovaciones en Identificación Digital y Riesgo
Una de las novedades más relevantes es la regulación de la vinculación de clientes nuevos por medios digitales o remotos (Art. 14). Las entidades ahora deben incorporar obligatoriamente la geolocalización inferencial del solicitante para verificar su ubicación real y mitigar riesgos asociados a jurisdicciones sancionadas.
Al formalizar y ampliar el uso de la identificación digital y la verificación remota, se elimina la barrera de la presencialidad física, permitiendo que ciudadanos y empresas globales inicien su relación bancaria desde cualquier parte del mundo con mayor rapidez. Además, la segmentación más clara de la Debida Diligencia Simplificada para productos de bajo riesgo y el uso de fuentes de información tecnológicas para la verificación, reducen la carga burocrática y los tiempos de espera.
Para el sector empresarial, esto se traduce en una operatividad más temprana, siempre que la estructura de Beneficiario Final sea transparente, permitiendo que el sistema bancario panameño sea no solo más seguro, sino notablemente más eficiente y competitivo.
El Enfoque Basado en Riesgo (EBR)
El Acuerdo profundiza la obligación de aplicar un enfoque basado en riesgo para todos los sujetos obligados, incluyendo bancos de licencia general e internacional, y empresas fiduciarias. La norma clasifica la debida diligencia en tres niveles:
Simplificada: Para clientes de bajo riesgo o productos específicos como cuentas de pago de planilla o de ahorros con saldos menores a B/. 5,000.00.
Estándar: Conocimiento razonable del perfil financiero y transaccional.
Ampliada o Reforzada: Obligatoria para clientes de alto riesgo, incluyendo Personas Expuestas Políticamente (PEP) y aquellos que operen con altos volúmenes de efectivo.
Gobernanza y Cumplimiento
Se refuerza la figura del Comité de Prevención, que debe reportar directamente a la Junta Directiva. Asimismo, el Oficial de Cumplimiento debe mantener una independencia total de las áreas de negocio, prohibiéndose expresamente su participación en aperturas de cuentas o funciones comerciales.
Impacto para el Cliente Global
Para el inversor internacional, el Acuerdo exige una transparencia total sobre el Beneficiario Final, extendiendo la debida diligencia hasta identificar a la persona natural que posee el 10% o más de las acciones o ejerce control efectivo. De igual forma se introduce una flexibilidad necesaria que promete agilizar significativamente la apertura de cuentas tanto para personas naturales como jurídicas. Este avance busca posicionar a Panamá a la vanguardia de la banca digital en la región, uniendo seguridad jurídica con agilidad comercial.
En Lex Innova, consideramos que esta norma no solo busca el cumplimiento legal, sino que refuerza la sostenibilidad y reputación de Panamá como un destino seguro para el capital global.




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